Estas subvenciones está dirigidas a personas desempleadas e inscritas en una de las Agencias del Servicio Navarro de Empleo – Nafar Lansare (SNE-NL) que se establezcan como autónomas.
- El plazo de presentación de solicitudes será de UN MES contado a partir del día siguiente a la fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del Colegio profesional correspondiente, siempre y cuando se hubiera publicado en el B.O.N. la autorización del gasto correspondiente. En caso contrario, el plazo será de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación oficial de dicha autorización.
- Las solicitudes referidas a altas producidas a partir del 1 de noviembre de cada año se presentarán al año siguiente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación oficial en el B.O.N. de dicha autorización de gasto.
- Se atenderán con cargo a cada ejercicio presupuestario las solicitudes referidas a altas producidas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del Colegio profesional correspondiente, desde el 1 de noviembre del año anterior al 31 de Octubre del año en curso.
Documentación.- La subvención se solicita a través del botón «Tramitar» adjuntando la siguiente documentación:
1.- Anexo I. Acreditación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13, apartados 2º y 3º, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, que se realizará mediante declaración responsable de la empresa.
2.- Anexo II. Declaración en la que se hagan constar las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos obtenidos o solicitados para la misma finalidad o, en su caso, una declaración expresa de no haberlos solicitado. La empresa solicitante deberá, asimismo, comunicar por escrito la concesión o nueva solicitud de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos o las nuevas situaciones que puedan producirse al respecto. Se indicará asimismo si están acogidas al régimen de mínimos.
3.- Anexo III. Breve memoria del proyecto empresarial.
4.- Solicitud de abono por transferencia (Modelo oficial).
5.- En su caso, certificación del colegio profesional de alta en dicho colegio, con indicación de si presupone o no ejercicio de la actividad, y certificación de la mutualidad del colegio profesional con indicación de los periodos de alta en la misma.
6.- En su caso, alta del trabajador en la mutualidad del colegio profesional correspondiente.
7.- En su caso, acreditación de la condición de persona con discapacidad, en los términos de la base 3.2.
8.- En su caso, acreditación de la condición de víctima de violencia de género, de acuerdo con lo previsto en la Ley Foral 14/2015, de 10 de abril, para actuar contra la violencia hacia las mujeres.
9.- Cualquier otra documentación que se solicite por el SNE-NL.
Plazo: Del 04-05-2019 al 30-11-2019
Si necesitáis que os amplíen información:
Servicio de Fomento del Empleo y Servicios a Empresas
Sección de Servicios a Empresas – Centro de Formación Iturrondo
Avenida de Villava, nº 1 – 31600 – Burlada
Teléfonos: 848 42 58 45 / 43 – Correo electrónico: [email protected]
Organismo responsable – convocante: Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare
Tenéis toda la información para acceder a estas subvenciones en este enlace