Estas subvenciones están dirigidas a empresas y uniones temporales de empresas, con un límite del 40% del importe de los proyectos. El presupuesto total de los proyectos que se desarrollen bajo la convocatoria podrían alcanzar los 50 millones de euros.
La tecnología 5G constituye el nuevo paradigma de las comunicaciones inalámbricas. Pero la tecnología 5G será, además, el componente tecnológico esencial en la transformación digital de la sociedad y de la economía en los países más avanzados durante la próxima década.
Las principales soluciones habilitadoras para dicha transformación digital, el Internet de las cosas y el big data, la robótica, la realidad virtual o la ultra alta definición, se soportarán sobre redes y servicios 5G.
Las expectativas de impacto de la introducción de las redes y servicios 5G se apoyan en las innovaciones tecnológicas que incorpora sobre las capacidades de las actuales infraestructuras de comunicaciones móviles.
Cada solicitante solo podrá presentar una solicitud por cada una de las Comunidades Autónomas, y deberá aportar toda la documentación que se indicará en la Convocatoria. Con independencia del número de solicitudes presentadas, cada solicitante solo podrá resultar beneficiario de una solicitud, salvo que no existan otras solicitudes admitidas que hayan superado los umbrales mínimos de los criterios de valoración, en cuyo caso un solicitante podrá resultar beneficiario de más de una solicitud, para evitar que algún proyecto piloto resulte desierto.
Con carácter previo a la formulación de la propuesta de resolución, las empresas participantes en el procedimiento de selección deberán acreditar no estar incursas en las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Se excluye el pago de ayudas individuales a empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 1.4.c) del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, las empresas participantes deberán acreditar no estar en situación de crisis.
La convocatoria establece un plazo máximo de 2 meses para la presentación de solicitudes desde su publicación en el BOE, y deberá quedar resuelta en el plazo máximo de 6 meses a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Toda la información sobre estas subvenciones en este enlace
1 comentario
Al fin ya veremos mas auge del 5G 🙂 segun datos, el nuevo Galaxy S10 tendrá soporte pra este tipo de redes…esperemos que se aprueben muchas subvenciones a empresas de calidad 🙂 Saluditos.