Una de las obligaciones marcadas por Ley que más quebraderos está llevando a las empresas es el registro del horario laboral, esta norma fue aprobada en el Consejo de Ministros del pasado 8 de marzo y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 12 de marzo.
Resumiéndolo mucho se trata de la obligación de la empresa de mantener un sistema de control del numero de horas que trabajan sus empleados, indicando la hora de entrada y salida de todos los empleados de la empresa.
A día de hoy siguen llegándonos consultas sobre qué sistema es el mejor para llevar a cabo este registro, especialmente en el caso de las empresas que tienen empleados en la modalidad de teletrabajo.
Desde luego la recomendación que le hacemos desde El Rincón del Emprendedor para realizar de una manera eficiente el registro de jornada para trabajadores en remoto, es a través de una aplicación telemática ya sea a través de acceso personalizado web o de una aplicación (app) para teléfonos y dispositivos móviles.
La situación de los teletrabajadores, a efectos del registro, es idéntica a la del resto de trabajadores de la empresa, es decir, no están exentos de registrar su horario de trabajo, quedando a elección de la empresa el método de registro (respetando lo establecido en la negociación colectiva de la empresa o bien, mediante decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores)
La empresa podrá utilizar sistemas de control manuales, analógicos o digitales siempre y cuando se trate de sistemas fiables y que se puedan gestionar de manera objetiva, especialmente recomendables son las aplicaciones informáticas ya que:
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- Permiten el registro mediante un aplicativo web, app Android e iOS.
- El registro puede hacerse a través de la lectura de código de barras e incluso por medio del reconocimiento facial.
- Se puede automatizar todo el proceso de registro, ofreciendo de manera automática todo tipo de informes y estadísticas.
- Existe la posibilidad de exportar dicha información en diversos formatos con el fin de integrar esa información en otras aplicaciones de gestión del personal de la empresa.
- Sencillez en el cumplimiento de todos los requisitos contemplados en la Ley de Protección de Datos.
- Permite de forma sencilla y segura el almacenamiento de Toda la información relativa al registro laboral ya que, según lo legislado, deberá almacenarse durante un periodo de cuatro años y únicamente pueden tener acceso a ellos los responsables autorizados de la empresa y el propio empleado.
Las sanciones pueden superar los 6.000 euros en caso de incumplimiento del registro de jornada, y superarlo incluso si tienen multas de la Seguridad Social por no cotizar dicho exceso de horas
Aparte de todo lo indicado anteriormente, deberás tener muy en cuenta que:
- El sistema deberá registrar las horas de entrada y salida, sin que pueda modificarse con posterioridad.
- El registro deberá estar a disposición de la Inspección de Trabajo con carácter inmediato.
- Asimismo, dichos registros estarán disponibles para los trabajadores y representantes legales de los mismos.
- Deberá respetarse los acuerdos alcanzados con los trabajadores en temas de pausas y descansos, así como el horario y la jornada que venían haciendo los trabajadores.
- El trabajador no tiene la capacidad de hacer más horas fuera de su jornada establecida sin una autorización previa. El incumplimiento por parte de los trabajadores, de lo dispuesto, supondrá una infracción.